COSTOS
EDUCATIVOS
ARTÍCULO 13. De conformidad
con la ley 115 de 1994, articulo 202, la Ley 715 de 2001 articulo 5.12, el
Decreto 2253 artículo 4, 9, 15, 20, 22 y 28,
y las Resoluciones 4444 de 2006, 4170 de 2005 para lo cual se autoriza
la adopción del régimen, la categoría y la tarifa de la Institución Educativa.
ARTICULO
15. Según lo establecido por la Resolución Número 09976
de 2009 (03 de Noviembre) Artículo primero y segundo donde se establece el
régimen de Libertad Regulada aplicando el incremento del 6.5% y tarifas para
los grados ofrecidos así:
GRADO
|
TARIFA ANUAL MATRICULA MAS PENSIÓN
|
MATRICULA
|
PREJARDÍN
|
701.143
|
70.114
|
JARDÍN
|
701.143
|
70.114
|
TRANSICIÓN
|
701.143
|
70.114
|
PRIMERO
|
701.143
|
70.114
|
SEGUNDO
|
701.143
|
70.114
|
TERCERO
|
701.143
|
70.114
|
CUARTO
|
701.143
|
70.114
|
QUINTO
|
701.143
|
70.114
|
SEXTO
|
706.647
|
76.265
|
SEPTIMO
|
706.647
|
76.265
|
OCTAVO
|
706.647
|
76.265
|
NOVENO
|
706.647
|
76.265
|
ARTICULO 14.SERVICIOS QUE OFRECE LA INSTITUCION
Los directivos y los
docentes atenderán a los padres de familia y/o acudientes en las respectivas
jornadas, se recomienda acordar una hora de encuentro con el fin de no
entorpecer el desarrollo normal de las clases.
·
LA SECRETARIA. Horario de atención: Los alumnos pueden solicitar el servicio sólo en las
horas del descanso o al terminar la jornada.
Los padres de familia o demás personas que requieran el servicio serán
atendidos así:
De Lunes a Viernes: En la mañana: de 8:30 a 12:00
En
la tarde: de 2:00 a 6:00
Expedición de
certificados: El costo por la expedición
de documentos como certificados de estudio,
calificaciones en membrete y paz y salvos, entre otros es de $ 3.100, los cuales serán cancelados en la
secretaria al momento de solicitarlos, estos serán entregados a los tres días
hábiles o antes si es posible.
·
LA TIENDA ESCOLAR. El servicio que se ofrece es de cafetería, su administrador es una
persona idónea que pertenece a la comunidad educativa, dando garantía en la
calidad de los productos; por tanto, los padres de familia deben promover la utilización de este servicio con el fin de
evitar la adquisición de los productos a venteros ambulantes y también que los
alumnos crucen la calle.
·
EL TRANSPORTE ESCOLAR. Aunque
este servicio no es propio, la institución ejerce un control siempre y cuando
la inscripción sea a través de nosotros, de igual modo, los padres de familia
deben ser puntuales en el pago, para que al final del año, puedan obtener el
paz y salvo.
·
MEDIOS DE COMUNICACIÓN. La
Institución cuenta para la comunicación entre sus integrantes con varios
medios, a saber:
ü
NOTIAMIGOS: es un comunicador
mensual que presenta a la comunidad educativa el cronograma del mes y los
resultados obtenidos en eventos ejecutados a nivel Institucional.
ü
CIRCULARES: Estas se emiten cuando
las circunstancias lo ameritan tanto para alumnos, padres de familia y
docentes. Especialmente al finalizar
cada periodo, con el fin de informar sobre, situaciones extraordinarias desde
el comité académico o de justicia restaurativa.
ü
JORNADA PEDAGÓGICA: Docentes y directivos
se reúnen una vez al mes para planear, evaluar y capacitarse frente a los procesos llevados en
la Institución.
ü
RESOLUCIONES RECTORALES: El
rector responsable del cumplimiento de los normas oficiales en la Institución
emitirá RESOLUCIÓN RECTORAL motivada para informar acerca de: Calendario
escolar, gobierno escolar, realización de actividades de refuerzo y
recuperación actividades complementarias, sanciones y estímulos de los
estudiantes, costos educativos, entre otros.
ü
FONDO DE PROTECCIÓN ESCOLAR:
Es un seguro obligatorio que ampara durante un año a los estudiantes, en caso
de accidente dentro y fuera de la Institución. Este se adquiere en el momento
de matrícula.
ü
PROGRAMA DE REFRIGERIO PREPARADO Y VASO DE LECHE:
Son programas de complementación alimentaria prestado por la secretaría de
educación de Medellín. Beneficia a la población que hace parte del nivel de
preescolar y algunos estudiantes de bajos recursos económicos.
ü
COMUNICADOR: Es un cuaderno que
portan los estudiantes, donde se lleva un registro de cronogramas, circulares e
información complementaria, con el fin de que las familias sostengan una comunicación
directa, oportuna y eficaz con la Institución.
Este debe ser revisado y firmado semanalmente por los padres de familia
y/o acudientes como garantía de que se informó.
Para que los educandos
puedan desplazarse a otros lugares fuera de la institución a nivel municipal o
departamental deben cumplir los siguientes requisitos:
·
Permiso por escrito de los padres de familia de todos
y cada uno de los estudiantes.
·
Fotocopia de la EPS o seguro escolar.
·
Nombre del conductor que transportara los educandos
con su documento de identidad, al igual que la identificación completa del
vehículo.
·
Documento del vehículo exigido por el tránsito
municipal.
·
Nombres y cargos de los acompañantes (educadores,
padres de familias y guías).
Con estos datos el colegio
procederá a realizar el respectivo informe a la dirección del núcleo educativo
921, quien dará el visto bueno sin el cual no se autoriza ninguna salida.
PARAGRAFO: La Institución realiza una salida
pedagógica por semestre donde toda la comunidad educativa deberá conocer el
objetivo de dicha salida pedagógica
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